Reglamento de Convivencia

Normas generales y Códigos de Convivencia (actualizado el 6/07/2010)

La intención es lograr un clima de convivencia basado en el respeto mutuo, sin avanzar sobre los  derechos de los demás. La actitud hacia cada uno de los compañeros de convivencia, debe ser la de compañerismo e integración. En ningún caso se permitirá la discriminación, marginación, disgregación, burla o sorna, como así tampoco las maniobras de camarilla. Para la Dirección, todos los residentes tienen los mismos derechos y obligaciones, y gozan del mismo plano de igualdad. Las decisiones que se adopten en ese sentido, serán dentro de este criterio y con la mayor de las justezas posibles.

Art. 1: Todos los residentes deben respetar las instalaciones de la Residencia. Asimismo deben darle el destino para el cual fueron creadas. Cada residente es responsable del daño que produce, tanto en las partes comunes como en su habitación. Por los daños ocasionados responderán todos los integrantes en forma solidaria salvo que el productor del daño se presentara voluntariamente reconociendo su exclusiva autoría. Los daños, desperfectos o roturas serán notificados a la Dirección quien procederá a su reparación a la brevedad posible, no contando la residencia con servicio de Urgencias.

Art. 2: Los residentes deberán respetar toda norma que regule la convivencia en la Residencia. Asimismo deberán respetar al personal que se desempeñe en la misma. Cualquier inconveniente que se les presente deberán notificarlo a la Dirección para darle una resolución.

Art. 3: Los residentes sólo podrán recibir visitas bajo su propia responsabilidad. Podrán traer compañeros a estudiar. El horario será de 10 hs a 20:30hs de lunes a viernes, los sábados y domingos de 11 a 22 hs. Sólo podrán permanecer en recepción o sala de estudio.

Art. 4: Cada espacio y objeto que pertenezcan a la Residencia deberá ser dejado en perfectas condiciones de uso e higiene después de su utilización, teniendo en cuenta que los demás residentes deberán encontrarlo en iguales condiciones. Es de suma importancia el orden y la limpieza de los elementos y espacios comunes. Se hará entrega de un juego de llaves al residente a cambio de una garantía de 20$ (suma que será devuelta contra la devolución de las mismas), otro juego quedará en poder de la Dirección que se reserva el derecho de poder acceder a las habitaciones, en lo posible con aviso. En caso de extravío de las llaves el residente abonará el costo para su reemplazo Luego de ser usada la tele o la compu, deben ser apagadas. Tanto la tele, la compu como el teléfono son de uso exclusivo de los residentes. En caso de prender las estufas, deben estar las ventanas y la puerta de la terraza cerradas. Las estufas permanecerán apagadas durante el día.

Art. 5: Está terminantemente prohibido dentro de las habitaciones:
a) Fumar. b) Artefactos eléctricos como planchas, calentadores, cafeteras, estufas, heladeras, televisores, etc., salvo autorización de la Dirección
c) Guardar elementos que puedan entrar en descomposición.
Los residentes deberán proveerse de todos los artículos de perfumería.
El servicio de limpieza de cuartos es de lunes a viernes y deberá ser solicitado. Cualquier cambio de habitación debe ser solicitado previamente, sin obligación de la Dirección de aceptar la modificación.
La Residencia provee la ropa de cama (juego de sábanas con su funda y acolchado o frazada). En caso de extravió o rotura se deberá abonar el importe necesario para proceder a su recambio.

Art. 6: Los residentes podrán recibir llamadas telefónicas desde las 10 hs. y hasta las 23 hs. excepto las llamadas urgentes de los familiares que podrán efectuarlas durante las 24 hs. El teléfono es línea control.  Los residentes no podrán tener en sus cuartos objetos que sean incompatibles con la seguridad y el decoro. Las habitaciones deben estar ordenadas. La Residencia no se responsabiliza por la falta de objetos y efectos de uso personal a cargo del residente.

Art. 7: Los horarios de ingreso y egreso son libres y la puerta de acceso a la Residencia siempre permanecerá cerrada. No está permitido el préstamo de las llaves ni el ingreso de personas ajenas a la residencia por sí mismas.

Art. 8: Los residentes tienen terminantemente prohibido el ingreso y/o consumo de drogas y alcohol en cualquier espacio de la Residencia como tampoco podrán entrar a la Residencia en ese estado, con prostitutas, ni realizar cualquier acción que moleste al vecindario o ponga en dificultades a la Residencia.

Art. 9: Todo residente deberá tener una actitud de responsabilidad para el estudio, respetando tanto el trabajo propio como el de los demás, creando un clima de silencio y tranquilidad en la Residencia. No está permitido permanecer en ropa interior o con el torso descubierto.

Art. 10: Para ser admitido como residente, es necesario estar cursando estudios universitarios, terciarios, postgrados, ser profesional o encontrarse bajo un régimen de pasantía.

Art. 11: No se debe estar cambiando de lugar o modificando el buen funcionamiento de los muebles o artefactos que son de uso común sin previo aviso y autorización. Como ser termostato del termotanque, teléfono, televisor o compu. En ningún caso las comunicaciones telefónicas podrán superar los 10 minutos. El uso de la compu no podrá exceder los 30 minutos, los turnos se anotarán con un día de anticipación en el cuaderno de recepción. Cualquier modificación en el cableado de Internet, Televisión, Teléfono u otra índole, debe ser autorizado por la Dirección. El servicio de cable e internet, se brinda en los aparatos comunes, de querer llevar dichos servicios a la habitación, el costo es a cargo del residente, previa autorización de la Dirección. El uso (que no es abuso) de aparatos eléctricos que no sean los provistos por la Residencia se cobra.

Art. 12: A partir de las 24 hs. rige la norma de silencio nocturno absoluto debiendo evitarse todo ruido (música, gritos, discusiones, etc.) que pueda molestar a otro residente o a los vecinos.

Art. 13: En caso de enfermedad o indisposición se dará inmediato aviso a la Dirección. Si fuera  necesario el traslado del residente, será al lugar que él indique o en su defecto al Hospital más cercano.
 
Art. 14: El pago del servicio habitación es compromiso y responsabilidad del residente. El día de pago del mismo coincidirá con el día de entrada, debiendo efectuarse por mes adelantado, salvo que se haya convenido otra forma. Siendo los 5 días posteriores al día de pago, el plazo para realizar el mismo. Vencido dicho plazo, se cobrará el 1% diario en concepto de mora (la mora corre desde el día de pago y hasta el día que se concrete el mismo). No puede extenderse la mora en ningún caso los quince días desde el día de pago. La mora en los pagos podrá ser causa del retiro del residente de la Residencia. Cualquiera sea el motivo por el cual el residente deba ausentarse de la Residencia, ya sea por motivos personales o recesos invernales, esto no afectará de manera alguna el pago del alquiler. Los aumentos serán cada 6 meses, a principio y a mediados de año según inflación real. El horario efectivo del día de entrada y el del pago del servicio es a las 10 de la mañana.

Art. 15: Cualquier violación al presente Código de Convivencia, será plausible de la sanción que corresponda, según lo considere la Dirección, siendo aplicable como sanción máxima la expulsión del residente infractor de la Residencia. En ese caso deberá asumir la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones detalladas en este Reglamento.